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Cómo registrar un cómic u obra artística

Escrita por: Jesulink



Muchos me habéis preguntado en muchas ocasiones: “¿Cómo registro mi cómic?”. Registrar un cómic podría ser una protección destacable si tuviéramos que someternos a algún tipo de juicio por plagio o algo similar.

De todos modos, también tenéis que tener en cuenta que esto no es un arma definitiva, porque si se realiza algún tipo de plagio de una obra vuestra a un nivel muy menor, podría no afectaros lo más mínimo (incluso podríais ni siquiera enteraros), y si el plagio se produce desde una gran compañía multinacional o algo por el estilo… no es por desanimar, pero ¿creéis que ganaríais un juicio contra una empresa con pasta? ¡Fuera bromas! Registrar los comics está muy bien, no sólo por la protección, sino para que el Ministerio de Cultura tenga datos de tu obra.

Dicho esto, vamos allá.




¿Debo registrar mi cómic? ¿Es obligatorio?

El registro de Propiedad Intelectual de un cómic no es obligatorio, y mucho menos, si este cómic se ha publicado en papel y se ha comercializado. Esta información podéis leerla directamente de la Web del Ministerio.

En esta dirección, tenéis una definición del Ministerio de Cultura de cuál es el objetivo del registro. Según este documento, el registro “supone una prueba cualificada de los derechos inscritos […] No es obligatoria la inscripción en el Registro para adquirir los derechos de propiedad intelectual, ni para obtener la protección que la Ley otorga a los autores y a los restantes titulares de derechos de propiedad intelectual”.

Resumiendo, que la Ley te protegerá como autor de tu obra siempre que sea demostrable con pruebas, pero que registrarlo en el registro es una prueba cualificada y contundente, de mucho valor y que facilitaría mucho el proceso judicial. Por eso no es obligatorio, simplemente te lo recomiendan.

 

¿Cómo lo registro?

Tienes que seguir los siguientes pasos:

1. Imprime tu cómic y encuadérnalo en gusanillo (por ejemplo). El documento debe disponer además del nombre completo y firma del autor o autores, o personas que han trabajado en él. Un colaborador no tiene que firmar tal proyecto, por ejemplo, si alguien ha dibujado un fan-art en vuestro libro. Sin embargo, si el cómic lo habéis hecho entre dos (ejemplo, guión y dibujo), en el registro tiene que figurar tal cosa.

Tenéis que llamar por teléfono a la oficina del registro o acudir a informaros (ver más abajo), porque cada tipo de trabajo es un mundo y tiene requisitos diferentes. Según vuestro trabajo, podrían pediros desde firmar cada una de las páginas del cómic hasta llevar una copia del ejemplar terminado tal y como se vendería en público… Tenéis que preguntarles cómo se haría en vuestro caso.

Pero cuidado, ya sabéis que a veces las personas que trabajan en administración son huesos duros de roer, así que igual os toca una persona que amablemente os lo explica todo, o igual todo lo contrario.

2. Acude a la oficina de registro de Propiedad Intelectual que esté más cerca de tu casa. Allí te deberían informar también de cómo hacerlo. En el siguiente mapa puedes saber dónde están y cuáles son sus teléfonos por si tuvieras que llamar, pero ya sabes… “suerte”.

Anécdota: La primera vez que fui a registrar un cómic tuve que volverme a mi casita como vine, porque me tocó una señora (muy rara, por cierto), que se supone que trabaja en registro de obras artísticas y le dije: “Quiero registrar un cómic”. Y me dijo: “No te entiendo”. Y yo “Que he dibujado un cómic y quiero registrarlo”. Y me dijo “¿Te refieres a algo como… por ejemplo… Mortadelo y Filemón?”. Al final la mujer me dijo que me fuera, que eso no hacía falta. Al principio pensaba que me decía la verdad, y es cierto que no es obligatorio, pero está claro que simplemente no tenía ganas de trabajar (xD).

3. Allí rellenas la información asociada, lo registras y te llevas un resguardo a casa. El trabajo tiene que pasar por un tribunal, que supuestamente inspeccionará que no contenta ningún tipo de plagio o que tu trabajo no atente contra los derechos de autor de ninguna forma.

A los meses (quizá antes, quizá más tarde), te enviarían un documento con el “CONFORME” si tu obra está correcta.

 

¿Cuánto cuesta el registro?

Depende de qué vayas a registrar y de la Comunidad Autónoma en la que vivas. Esto tienes que preguntarlo en la oficina a la que vayas. Aquí tienes alguna información sobre las tasas de las distintas acciones que se pueden realizar sobre el registro.

 

Conclusiones, resumen

Los puntos más importantes que hemos tratado en esta lección:

  • El registro de tu cómic no es obligatorio, pero es recomendable porque facilitaría las cosas en caso de darse la situación.
  • Tienes que imprimir una copia de tu obra, y registrarla en nombre de todos los que hayan participado activamente en ella.
  • Visita o llama a la oficina que tengas más cerca para que te asesoren de cuál es tu caso concreto y cuánto te va a costar.


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